Real Hearing. Tan real como en el tribunal


La Corte Permanente de Arbitraje (CPA) ha publicado el laudo que declara que el grupo de inversores mexicanos que presentaron el arbitraje, encabezados por Antonio del Valle, no demostraron la violación por parte de España del Acuerdo para la Promoción y Protección recíproca de Inversiones México – España (APPRI) en el caso de venta del Banco Popular al Banco Santander por un euro.

El tribunal del arbitraje, formado por Gabrielle Kaufmann-Kohler (presidente), William Park (co-árbitro designado por los demandantes) y Alexis Mourre (co-árbitro designado por España) -con Michele Potestà, como secretario de tribunal-, rechazó la reclamación de 647 millones de euros del grupo de inversores mexicanos, relacionada con la quiebra del Banco Popular.

España argumentó en su defensa que los retiros de depósitos públicos no pueden ser atribuidos a España, por lo que “no pueden constituir violaciones del tratado”.

Las demandantes contestaron que no alegaban que alguno de los retiros, en particular de 2015, constituya por sí solo una violación del tratado, sino la totalidad de los retiros. El Tribunal concluyó que no tenía jurisdicción sobre las controversias derivadas de los retiros de depósitos en 2015 y 2016, ya que fueron anteriores a las inversiones de las demandantes.

Tampoco considera la violación del APPRI en relación con el silencio que mantuvo el Gobierno de España en sus comunicaciones respecto al Banco Popular, ya que éste se encontraba bajo supervisión directa del Banco Central Europeo, y no del Banco de España.

La argumentación en relación con la violación del tratado sigue durante todo el laudo.

El tribunal finalmente concluye, entre otros, que España no incumplió los artículos III (trato de la nación más favorecida), IV (nivel mínimo de trato) y V (sobre expropiación) del Tratado bilateral, y condena a las demandantes al pago de las costas del arbitrajes: € 717.339,93 más intereses; y parte de los honorarios legales y otros gastos incurridos por España: € 7.213.136,44, más intereses.

El arbitraje

El procedimiento, que invocaba el Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (APPRI) España-México de 2006, ha sido administrado bajo reglas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Cnudmi o Uncitral por sus siglas en inglés).

El grupo de empresarios mexicanos reclamaba la pérdida de sus inversiones en Banco Popular, denunciando que las autoridades supuestamente se negaron a prestar apoyo financiero durante la crisis de liquidez del banco en 2017, lo que desembocó en la resolución forzosa del Banco y en su venta en subasta por un euro al único postor.

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