A principios de abril el Congreso de Perú aprobó la suspensión del cobro de peajes nacionales durante la emergencia suscitada por la crisis del coronavirus tanto administrados por el Ministerio de Transportes como aquellos a cargo de empresas concesionarias. La alerta sobre los posibles arbitrajes de inversiones que puede enfrentar el Gobierno peruano a raíz de esta medida está latente y muchas son las voces que advierten sobre esta circunstancia.
El texto sustitorio reza lo siguiente:
“Ley que suspende el cobro de peajes en la red vial nacional departamental y local concesionada durante el estado de emergencia nacional declarada a causa del brote del Covid-19.
Artículo único.- Suspensión del Cobro de Peaje
Suspéndese con carácter excepcional y provisional del cobro de peaje en todas las Unidades de Peaje de la Red Vial Nacional, Departamental y Local Concesionada, con el objeto de evitar el contacto con los usuarios y cumplir con el aislamiento obligatorio mientras dure el Estado de Emergencia Nacional dispuesto por el Poder Ejecutivo ante los riesgos de propagación del COVID-19.
La suspensión establecida en el presente artículo no causará ni generará derecho compensatorio”.
Alberto Belaunde, del Partido Morado de Lima, advertía, en declaraciones recogidas por El Comercio (“Coronavirus: Congreso aprueba dejar sin efecto cobro de peajes administrados por concesionarias durante emergencia“, Martin Hidalgo Bustamante, 04.04.2020) que esta norma traería consecuencias jurídicas y que “los concesionarios irán al Ciadi porque se están modificando sus contratos de manera unilateral y el Estado tiene todas las de perder, y estamos hablando de millones de soles de indemnización”, frente a otros parlamentarios que argumentaban que el estado de emergencia les eximía de responsabilidad.
Verónica Zambrano, presidenta del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran), considera la ley aprobada como inconstitucional y que puede traducirse en seis demandas de arbitraje de inversiones ante CIADI por parte de los seis concesionarios que administran 18 peajes nacionales. Zambrano acusa al Congreso de no medir las consecuencias “que son muy graves, pues nos descalifican como país”, explica para Peru21 (ver “Presidenta de Ositran: Ley sobre peajes “nos va a generar seis arbitrajes en el Ciadi”“, 07.04.2020).
Pablo Mori, asociado peruano en GST LLP, en el artículo “Declaración de fuerza mayor por Covid 19 en Perú y arbitraje internacional“, publicado en esta revista el pasado 6 de abril, explica, en relación a esto, que: “el 3 de abril último, el Congreso del Perú aprobó el Proyecto de Ley Nro. 4985/2020-CR, que ordena la suspensión del cobro de todos los peajes a nivel nacional, así sean administrados por el Estado (lo que incluso ya había sido aprobado días antes por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones) o por empresas privadas “durante el Estado de Emergencia, declarado a causa de la pandemia COVID-10”. Cabe señalar que por la Exposición de Motivos, el Proyecto parece no referirse al “Estado de Emergencia Nacional” declarado por los ya mencionados Decreto Supremos Nro. 044-2020-PCM y Nro. 051-2020-PCM, por un total de 28 días, sino más bien al de “Emergencia Sanitaria” declarado por el Decreto Supremo Nro. 008-2020-SA de fecha incluso previa -del 11 de marzo de 2020- por un total de 90 días. Si dicho Proyecto es ratificado por el Poder Ejecutivo (o si el Congreso eventualmente lo ratifica sin considerar potenciales objeciones del Ejecutivo) también podría tener implicancias internacionales.”
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