Ciar Global
Banner 728x90
  • Noticias
    • Entrevistas
    • Análisis
    • Eventos
    • Nombramientos
    • Blog
  • Directorio
  • GLOBAL 100 Arbitraje
  • Contacto
Análisis 6

Irán demanda a Estados Unidos ante la CIJ, por Nicolás Boeglin

By Redacción @CIAR_Global · On 24 julio, 2018
Global 100 Arbitraje


Irán demanda a Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por sanciones comerciales del 8 de mayo, por Nicolás Boeglin.

Este 17 de julio, la CIJ anunció que Irán interpuso una demanda formal contra Estados Unidos debido a las sanciones norteamericanas emitidas en su contra el pasado 8 de mayo (véase comunicado de prensa en inglés y en francés). Se trata de la primera acción legal interpuesta en La Haya por un Estado contra Estados Unidos desde la llegada a la Casa Blanca de su actual ocupante, en enero del 2017: este último se ha caracterizado por acciones unilaterales e inconsultas que violentan acuerdos previos suscritos por Estados Unidos.

Las sanciones unilaterales contra Irán alegando violaciones inexistentes
Cabe recordar a nuestros estimables lectores que a 24 horas de anunciadas estas sanciones unilaterales contra Irán en mayo de 2018, la Organización Internacional para la Energía Atómica de las Naciones Unidas (OIEA) desmintió públicamente a Estados Unidos, señalando que Irán si cumplía con todas las obligaciones contraídas en el denominado Pacto Nuclear suscrito en julio de 2015: sobre este punto preciso, remitimos a nuestros estimables lectores a nuestra breve nota publicada en DIPúblico, titulada: “¿Informantes malinformados? OIEA desmiente categóricamente a Estados Unidos: Irán sí cumple con obligaciones pactadas en materia nuclear”.

La demanda iraní en breve
A la demanda por el fondo como tal, Irán ha optado por solicitar adicionalmente (y de forma urgente) a la CIJ dictaminar medidas provisionales (véase texto completo en inglés de esta solicitud), pidiendo en particular al juez internacional ordenar sin mayores contratiempos:

“a. That the USA shall immediately take all measures at its disposal to ensure the suspension of the implementation and enforcement of all of the 8 May sanctions, including the extraterritorial sanctions, and refrain from imposing or threatening announced further sanctions and measures which might aggravate or extend the dispute submitted to the Court;

b. That the USA shall immediately allow the full implementation of transactions already licensed, generally or specifically, particularly for the sale or leasing of passenger aircraft, aircraft spare parts and equipment;

c. That the USA shall, within 3 months, report to the Court the action it has taken in pursuance of sub-paragraphs (a) and (b);

d. That the USA shall assure Iranian, US and non-US nationals and companies that it will comply with the Order of the Court, and shall cease any and all statements or actions that would dissuade US and non-US persons and entities from engaging or continuing to engage economically with Iran and Iranian nationals or companies;

e. That the USA shall refrain from taking any other measure that might prejudice the rights of Iran and Iranian nationals and companies under the [1955 Treaty] with respect to any decision this Court might render on the merits.”

Un tratado vigente desde 1955 que permite a Irán activar la justicia internacional
La base de competencia usada por Irán en su demanda (véase texto completo en inglés) es el tratado de Amistad, Comercio y Relaciones Consulares de 1955 suscrito entre ambos Estados (véase texto completo en inglés y en persa). Pese a las turbulentas relaciones entre ambos desde 1979, nunca fue denunciado por ninguno de los dos Estados, por lo que se mantiene plenamente vigente.

Este mismo tratado fue usado por Irán para interponer una demanda contra Estados Unidos en junio del 2016 ante la CIJ sobre ciertos activos iraníes, un asunto actualmente pendiente de resolución ante el juez internacional (véase texto de la demanda interpuesta en inglés/francés, cuyo punto 33, inciso f) prevé la posibilidad de solicitar a la CIJ una indemnización por los daños sufridos por Irán). Estados Unidos presentó excepciones preliminares cuestionando la competencia de la CIJ, dando lugar a una ordenanza fijando plazos para escritos de ambos Estados sobre esta etapa preliminar relativa a la competencia del juez internacional (véase ordenanza de la CIJ del 2 de mayo de 2017).

Nótese que planteada la demanda iraní en junio de 2016, no fue sino hasta el primero de mayo de 2017 que Estados Unidos se decidió a presentar excepciones preliminares.

A modo de conclusión
Es probable que ante esta nueva demanda iraní, Estados Unidos opte por la misma estrategia legal escogida en el caso de la demanda de 2016, que consiste en presentar excepciones preliminares a la CIJ: ello permite a Estados Unidos abrir un compás de tiempo de varios años antes de que la CIJ se declare (o no) competente para proseguir el examen sobre el fondo del asunto. En cambio, en el caso de la solicitud de medidas provisionales que esta vez sí acompaña la demanda iraní, la CIJ deberá resolverlas en cuestión de meses, aumentando la presión sobre la administración norteamericana en caso de acogerla parcial o totalmente.

Como detalle de interés, merece mención el hecho de que en 1979, al presentar su demanda ante la CIJ contra Irán por el trato recibido por su personal diplomático y consular en Teherán, Estados Unidos refirió a la violación por parte de Irán de este mismo tratado de 1955 (véase decisión sobre el fondo de la CIJ de 1980). ¿Como sostener que sí estuvo vigente en 1979 para resguardar la sede diplomática norteamericana y que dejó de serlo para sancionar a Irán en 2018 (y anteriormente en 2016 para ordenar el secuestro de activos iraníes en Estados Unidos)? Es a lo que desde ya estén posiblemente abocados los asesores legales del Departamento de Estado (usualmente extremadamente creativos).

CIJEE.UU.Irániran demanda a Estados Unidos
Share Tweet

Redacción

You Might Also Like

  • Análisis

    El arbitraje internacional en la lucha contra el cambio climático

  • José Gregorio Soto, día de la tierra, manifestación contra minería PM Crucitas Manifestación contra proyecto minero Crucitas (22-04-2010) Día de la Tierra Análisis

    Arbitraje Infinito Gold-Costa Rica: La polémica mina de Crucitas ante el CIADI

  • Análisis

    España y el arbitraje inversor-Estado en 2020

6 Comments

  • Estados Unidos / Irán: nuevas sanciones unilaterales (infundadas) anunciadas este 6 de agosto  – Diario Digital Nuestro País says: 8 agosto, 2018 at 4:23 am

    […] Nota 1: Véase BOEGLIN N., “Irán demanda a Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por sanciones comerciales del 8 de mayo“, CIARGlobal, edición del 24 de julio del 2018, disponible aquí. […]

    Reply
  • Estados Unidos e Irán: a propósito de las nuevas sanciones unilaterales (infundadas) anunciadas este 6 de agosto – La Patria Grande says: 10 agosto, 2018 at 8:22 am

    […] 1: Véase BOEGLIN N., “Irán demanda a Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por sanciones comerciales del 8 de mayo“, CIARGlobal, edición del 24 de julio del 2018, disponible aquí. […]

    Reply
  • A propósito de las nuevas sanciones unilaterales (infundadas) contra Irán anunciadas el 6 de agosto says: 10 agosto, 2018 at 4:13 pm

    […] Nota 1: Véase BOEGLIN N., “Irán demanda a Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por sanciones comerciales del 8 de mayo“, CIARGlobal, edición del 24 de julio del 2018, disponible aquí. […]

    Reply
  • Pressenza - Estados Unidos / Irán: puesta en perspectiva de las nuevas sanciones unilaterales (infundadas) anunciadas este 6 de agosto says: 13 agosto, 2018 at 7:32 pm

    […] Nota 1: Véase BOEGLIN N., “Irán demanda a Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por sanciones comerciales del 8 de mayo“, CIARGlobal, edición del 24 de julio del 2018, disponible aquí. […]

    Reply
  • Estados Unidos / Irán: puesta en perspectiva de las nuevas sanciones unilaterales (infundadas) anunciadas este 6 de agosto | Surcos says: 17 agosto, 2018 at 2:09 am

    […] Nota 1: Véase BOEGLIN N., “Irán demanda a Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por sanciones comerciales del 8 de mayo“, CIARGlobal, edición del 24 de julio del 2018, disponible aquí. […]

    Reply
  • Estados Unidos / Irán: puesta en perspectiva de las nuevas sanciones unilaterales (infundadas) anunciadas este 6 de agosto – Debate Global says: 24 agosto, 2018 at 1:04 am

    […] Nota 1: Véase BOEGLIN N., “Irán demanda a Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por sanciones comerciales del 8 de mayo“, editado en estas mismas páginas de CIARGlobal del 24 de julio del 2018, disponible aquí. […]

    Reply
  • Responder a Estados Unidos e Irán: a propósito de las nuevas sanciones unilaterales (infundadas) anunciadas este 6 de agosto – La Patria Grande Cancel reply

    Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

    SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETÍN

     

     



    Responsable: CIAR GLOBAL.

    Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales solicitados: El correo electrónico que nos facilita y, por lo tanto otorga su consentimiento expreso, solamente será utilizado para el envío del boletín de noticias sobre arbitraje internacional de CIAR Global, la Revista de Arbitraje de la Comunidad Iberoamericana. Podrá darse de baja en cualquier momento desuscribiéndose en el botón habilitado en nuestros boletines o dirigiéndose a info@ciarglobal.com.

    Legitimación: Su consentimiento.

    Información adicional: En la Política de privacidad de CIAR GLOBAL encontrará información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal por parte de CIAR GLOBAL, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

    Síguenos

    Follow @@CIAR_Global
    Follow on Instagram

    Lo último

    • Primer laudo de los arbitrajes de las renovables favorable a España en CIADI 4 diciembre, 2019
    • El arbitraje de Baywa podría sumar como victoria de España en CIADI 4 diciembre, 2019
    • China facilita plataforma para consulta de jurisprudencia extranjera 4 diciembre, 2019
    • Popular
    • Comments
    • Tags
    • Nicolás Boeglin: Audiencias orales entre Costa Rica y Nicaragua ante la CIJ

      25 julio, 2017
    • El arbitraje de la piña da la razón a la estadounidense Del Monte

      21 junio, 2016
    • Irán demanda a Estados Unidos ante la CIJ, por Nicolás Boeglin

      24 julio, 2018
    • Msc. Juan Diego Quirós Delgado says: Las sentencias o laudos deben ser ejecutivas y ejecutable, también pueden ejec...
    • Msc. Juan Diego Quirós Delgado says: Se está cayendo el castillo de la baraja hecha pocontratistas corruptos y en c...
    • Msc. Juan Diego Quirós Delgado says: Fueron por lana y salieron trasquilados. El Abogado arbitraria debe asesorar ...
    arbitraje arbitraje internacional Ciadi Arbitraje de inversión España arbitraje de inversiones Perú Venezuela acuerdos comerciales Colombia Mexico publicaciones EE.UU. Chile Ecuador renovables UE árbitros

    Próximos eventos

    << Dic 2019 >>
    LMXJVSD
    2526272829301
    2345678
    9101112131415
    16171819202122
    23242526272829
    303112345
    • Política de Privacidad – Aviso Legal
    • Directorio

    Nuestros temas:

    • Análisis (195)
    • Artículos (48)
    • Blog (72)
    • Entrevistas (59)
    • Eventos (128)
    • Nombramientos (53)
    • Notas de prensa (71)
    • Noticias (1.182)
    • Opinión (9)

    Nube de etiquetas

    acuerdos comerciales arbitraje arbitraje de inversiones Arbitraje de inversión arbitraje internacional Chile Ciadi Colombia EE.UU. España Mexico Perú publicaciones Venezuela

    RSS Actualidad SEGIB

    • Iberescena otorga las ayudas correspondientes a la convocatoria 2019/2020 4 diciembre, 2019
    • La Agenda 2030 y el Green New Deal en Iberoamérica, cooperación y alianzas para la transición ecológica 4 diciembre, 2019
    • Se llevó a cabo el I Foro Iberoamericano de Innovación Abierta 4 diciembre, 2019
    • SEGIB participa en la reunión preparatoria del próximo Encuentro Cívico Iberoamericano 4 diciembre, 2019
    • Se reúne en Lima el Consejo Intergubernamental de IBERESCENA 2 diciembre, 2019

    PROTECCIÓN DE DATOS

    POLÍTICA DE PRIVACIDAD

    AVISO LEGAL

    POLÍTICA DE COOKIES

    © 2019 CIAR Global - noeliamarcos@ciarglobal.com - T: +34 685 90 95 96