El tribunal del arbitraje, entre los accionistas de la Sociedad Boliviana de Cemento SOBOCE y Bolivia, se ha declarado sin jurisdicción para resolver una controversia, presentada ante la Corte Permanente de Arbitraje (CPA), en la que se reclamaba la expropiación de acciones valoradas en cerca de 270 millones de US dólares.
La Procuraduría General del Estado de Bolivia ha informado del laudo dictado en el arbitraje presentado por Consorcio Cementero del Sur, Yura Inversiones Bolivia, Grupo Gloria, Sociedad Boliviana de Cemento ante la CPA.
El tribunal, formado por Diego P. Fernández Arroyo (presidente), Oscar M. Garibaldi y Jorge E. Viñuales, emitió el laudo el 27 de noviembre de 2023 declarándose sin jurisdicción.
Según el comunicado de la Procuraduría, el tribunal en el laudo “decidió admitir la objeción “ratione voluntatis” (por motivos de voluntad), presentada por el Demandado, declarándose sin jurisdicción el Tribunal Arbitral para resolver la controversia de fondo entre las Partes.”
Los demandantes han sido representados por Clifford Chance y Suarez Anzorena International Arbitration; y Bolivia por Guglielmino Derecho Internacional.
El conflicto
Los accionistas de la Sociedad Boliviana de Cemento SOBOCE (el grupo peruano Consorcio Cementero del Sur S.A., y las empresas bolivianas Yura Inversiones Bolivia S.A., Grupo de Inversiones Gloria Bolivia S.A. y Sociedad Boliviana de Cemento S.A.) presentaron contra el Estado Plurinacional de Bolivia, un arbitraje ante la CPA, el 11 de enero de 2020, por la expropiación de sus acciones en la Fábrica Nacional de Cemento (Fancesa).
Los demandantes invocaron el Acuerdo sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones Perú-Bolivia y reclamaban 269,4 millones de dólares.
El conflicto se produjo en el marco del Decreto Supremo N° 0616 de 1 septiembre de 2016, que tuvo por objeto recuperar las acciones que detentaba SOBOCE (33,34%), en favor del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca.