Real Hearing. Tan real como en el tribunal

El pasado jueves 21 de septiembre entró en vigor de forma provisional el Acuerdo Económico y Comercial Global (AECG) entre la UE y Canadá, anteriormente conocido como CETA. Sin embargo ante el intenso debate público en relación con los arbitrajes de inversiones, el nuevo Sistema de Tribunales de Inversiones (STI) solo se pondrá en práctica cuando todos los países miembros hayan completado sus procedimientos de ratificación nacionales.

Cuando el AECG surta pleno efecto, es decir, cuando todos los Estados miembros de la UE hayan ratificado el Acuerdo, el nuevo STI sustituirá al actual mecanismo de resolución de litigios entre inversores y Estados que existe en muchos acuerdos comerciales bilaterales negociados por gobiernos de Estados miembros de la UE.

Según la nota de prensa de la Comisión Europea, el nuevo mecanismo será transparente y no estará basado en tribunales ad hoc.

El AECG estará totalmente implementado una vez que los Estados miembros de la UE lo ratifiquen de conformidad con sus respectivas normas constitucionales. 

Sistema de Tribunales de Inversiones (STI)

El nuevo Sistema de Tribunales de Inversiones (STI):

  • será público,
  • no se basará en tribunales temporales,
  • tendrá jueces y profesionales independientes
    • designados por la UE y Canadá
    • sujetos a las más rigurosas normas éticas a través de un estricto código de conducta

En relación con la transparencia, el STI:

  • celebrará públicamente sus audiencias
  • publicará los documentos presentados durante la tramitación de los casos.

Según el texto de la CE: “el AECG limita los motivos por los que un inversor puede denunciar a un Estado e impide que los organismos públicos se vean obligados a modificar la legislación o a pagar daños y perjuicios” (ver “Investment provisions in the EU-Canada free trade agreement“).

Juncker: “instrumento para configurar las normas del comercio mundial”

Jean-Claude Juncker, presidente de la Comisión Europea, declaró que: «Este acuerdo engloba lo que queremos que sea nuestra política comercial: un instrumento para el crecimiento que beneficie a las empresas y los ciudadanos de Europa, así como un instrumento para proyectar nuestros valores, encauzar la globalización y configurar las normas del comercio mundial.

Este acuerdo comercial ha sido objeto de un riguroso control parlamentario que refleja el creciente interés de los ciudadanos por la política comercial.

Los intensos intercambios sobre el AECG a lo largo de este proceso atestiguan la naturaleza democrática del proceso decisorio europeo y espero que los Estados miembros lleven a cabo un debate inclusivo y profundo en el contexto de los procesos nacionales en curso para la ratificación del acuerdo.

Es el momento de que nuestras empresas y nuestros ciudadanos aprovechen al máximo esta oportunidad y de que todos vean cómo nuestra política comercial puede producir beneficios tangibles para todos».

Malmström: “señal positiva para la economía mundial”

Por su parte, Cecilia Malmström, comisaria de Comercio de la UE, declaró: «Las cosas están a punto de cambiar para nuestros exportadores. La entrada en vigor provisional permite a las empresas y los ciudadanos de la UE empezar a aprovechar de inmediato las ventajas de este acuerdo.

Es una señal positiva para la economía mundial, y tiene potencial para impulsar el crecimiento económico y crear puestos de trabajo.

El AECG es un acuerdo moderno y progresivo, que pone de relieve nuestro compromiso con un comercio libre, justo y basado en valores. Nos ayuda a configurar la globalización y las normas por las que se rige el comercio mundial.

Además, el AECG subraya nuestro firme compromiso con el desarrollo sostenible y protege la capacidad de nuestros gobiernos de legislar en aras del interés público.

Este acuerdo también refuerza considerablemente nuestras relaciones con Canadá, un socio y aliado estratégico con el que mantenemos profundos lazos históricos y culturales».

La aplicación provisional del AECG a partir del 21 de septiembre tiene lugar a raíz de su aprobación por los Estados miembros de la UE, expresada en el Consejo, y por el Parlamento Europeo.

Sin embargo, no entrará plena y definitivamente en vigor hasta que todos los Estados miembros de la UE hayan ratificado el Acuerdo.

Créditos de la imagen: European External Action Service, vía Flickr.

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