Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Además del Memorial de Contestación, el Gobierno chileno ha presentado un memorial cuestionando la jurisdicción del Ciadi en relación al arbitraje presentado por los colombianos hermanos Ríos por supuestos incumplimientos de distinta naturaleza relacionados con la operación de sus concesiones en el transporte urbano de Santiago de Chile.

En el marco del arbitraje por el Transantiago entre los hermanos Carlos y Francisco Ríos y el Gobierno chileno, el pasado 13 de junio, la defensa de Chile, representada por Arnold & Porter Kaye Scholer y la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales de la República de Chile, presentó el Memorial de Contestación sobre el fondo y un memorial cuestionando la jurisdicción del Ciadi sobre la controversia.

En la Solicitud de Arbitraje de los demandantes, se defiende la jurisdicción del Ciadi alegando:

En primer lugar, los Demandantes presentan esta Solicitud por los daños derivados del incumplimiento de Chile de sus obligaciones bajo el Tratado. La presente disputa tiene, pues, naturaleza jurídica y debe resolverse de conformidad con el Tratado y el derecho internacional.

En segundo lugar, Chile es un Estado contratante del Convenio CIADI y los Demandantes son nacionales de Colombia, que es también unEstado contratante del Convenio CIADI.

En tercer lugar, como se explicó en las secciones 3 y 5.3 supra, la presente disputa surge directamente de una inversión, tal y como dicho término es definido en el Tratado. Las Inversiones de los Demandantes también cumplencon lo establecido en el Artículo 25 del Convenio CIADI. En suma, las operaciones de las Compañías suponen contribuciones económicas, riesgos y una innegable duración implícita en las 2 condiciones anteriores; además, dichas operaciones contribuyen a la economía y al desarrollo económico de Chile.

En cuarto lugar, conforme a lo dispuesto en el Artículo 9.16 (5) del Tratado 57 y en la Notificación de Intención58, las partes de esta disputa consintieron por escrito en someterla al CIADI.”

Alsacia está representada por Dechert París.

Historia del conflicto origen del arbitraje

Los hermanos Ríos son los propietarios de la colombiana Global Public Services propietaria de Alsacia y Express de Santiago Uno, y ganaron la licitación en 2004 de los servicios de transporte público urbano de pasajeros operados en las principales arterias de la ciudad de Santiago.

A finales de marzo de 2016 finalizaron las negociaciones desde que Alsacia comunicara al Gobierno chileno su intención de interponer una demanda de arbitraje ante el Ciadi por incumplimientos en la dotación de infraestructura y control de evasión.

En junio de 2016, Alsacia anunció que no podría pagar a sus bonistas norteamericanos debido a su compleja situación financiera, fruto de las modificaciones en los contratos realizadas por el Gobierno en 2012 entre las que se establecían multas más cuantiosas por incumplir frecuencia y regularidad y el control de la evasión pasó a ser responsabilidad de los operadores.

El 13 de junio de 2017 se registró la demanda de arbitraje ante el Ciadi invocando el Tratado de Libre Comercio Colombia-Chile alegando, entre otros, que: “La implementación por las autoridades chilenas del nuevo sistema de transporte que habían diseñado para Santiago fue caótica e improvisada. Las Compañías tuvieron que hacer frente a múltiples dificultades en los primeros años de Transantiago…” o que el Estado “adoptó una conducta arbitraria, discriminatoria e injusta hacia las Compañías…”, y lo acusa de expropiar de facto varias de las rutas de servicio objeto de la Concesión para entregárselas a operadores locales o de retener indebidamente el pago por más de 10 millones de dólares a Express (ver “Carlos Rios and Francisco Javier Rios v. Republic of Chile (ICSID Case No. ARB/17/16) Solicitud de Arbitraje, 26 de mayo de 2017″).

El tribunal del arbitraje se constituyó el 6 de diciembre de 2017 y está compuesto por la suiza Gabrielle Kaufmann-Kohler (presidente), el argentino Óscar Garibaldi (designado por los demandantes) y la frances Brigitte Stern (designada por el demandado).

Documentos de consulta: “Carlos Rios and Francisco Javier Rios v. Republic of Chile” (ICSID Case No. ARB/17/16) Solicitud de Arbitraje, 26 de mayo de 2017.

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