Real Hearing. Tan real como en el tribunal


Mauricio Duarte es abogado y notario de Guatemala. Actualmente cursa Maestría en Derecho anglosajón. Duarte firma el siguiente artículo en el que plantea diversos interrogantes ante nuevas realidades tecnológicas y acerca el arbitraje a la figura de los Contratos Inteligentes (“Smart Contracts”).

Aplicación del Arbitraje a los Contratos Inteligentes (“Smart Contracts”). Mauricio Duarte.

El avance tecnológico del siglo XXI ha cambiado de manera permanente la forma de ejercer la profesión. Mensajes de texto, correos electrónicos, grupos de discusión electrónica, videoconferencias basadas en la web y redes sociales son algunos de los resultados. Incluso, en una industria donde los abogados son conocidos por su posición conservadora con respecto al ejercicio de la profesión, la tecnología ha tenido un gran impacto.

La industria de servicios legales está siendo alterada por nuevas iniciativas que se están desarrollando. Contratos automatizados (“smart contracts“), el uso de la tecnología de cadena de bloques (“blockchain”) y la necesidad de resolución de disputas en línea están siendo nuevas necesidades.

Ante una nueva tendencia disruptiva por la tecnología, se puede decir que el arbitraje y la tecnología comparten una relación mutuamente compatible. Por un lado, las nuevas tecnologías pueden mejorar la eficiencia, reducir los costos y promover la “democratización” del arbitraje en nuevos segmentos del mercado. Por otro lado, el arbitraje provee simplicidad, flexibilidad y especialización para las controversias con nuevas tecnologías.

Blockchain y los Smart Contracts

Blockchain, la tecnología detrás de Bitcoin, se puede describir como una red digital distribuida e inmutable que almacena registros de información, conocidos como bloques. Los bloques pueden almacenar diversas formas de información de manera encriptada. En el caso de Bitcoin, los bloques almacenan información sobre transacciones financieras con criptomonedas.[1] Cada bloque hace referencia a un bloque precedente de donde se ha originado cierta información, lo que forma colectivamente una “cadena de bloques”.

Como algunos lo llaman, esta tecnología es similar a un enorme libro de contabilidad, donde se registran las distintas operaciones. Sin embargo, el registro, en lugar de estar resguardado por una sola persona, es custodiado por todas las computadoras (“nodos”) de los usuarios que le dan validez y garantía al sistema. En este orden de ideas, si alguien pretende alterar la información que tiene uno de los bloques, debe:

  1. alterar todas los computadoras de forma simultánea y
  2. alterar toda la historia de la red, porque recordemos que cada nuevo bloque hace referencia al bloque anterior.

Es así, como la red genera un sistema transparente, descentralizado e inmutable.[2]

No se sabía mucho sobre esta tecnología hasta la aparición y popularización de Bitcoin y otras criptomonedas. Sin embargo, se ha llegado a concluir que el blockchain ofrece las garantías necesarias para que las personas puedan interactuar y realizar transacciones sin ningún intermediario.[3]

Ante la posibilidad de la aplicación de blockchain a la celebración de contratos, se conoce más y más sobre los “smart contracts[4] o contratos inteligentes. Con este mecanismo contractual, los contratos no requieren la intervención de un abogado o un notario para formalizarse. En cambio, basta programar las condiciones contractuales en la plataforma digital para que el contrato pueda ejecutarse automáticamente cuando las condiciones acordadas se cumplen. Es decir, la existencia de esta tecnología contiene un protocolo informático que verifica el cumplimiento de las condiciones contractuales y ejecuta el contrato de manera automática, siendo el mismo sistema que garantiza y controla el cumplimiento de las obligaciones.

ante la posibilidad de una aplicación expansiva en los siguientes años, debe resaltarse una deficiencia referente a la forma de resolver las controversias. No existe un foro adecuado para resolver las disputas.

En América Latina, la aplicación de smart contracts es todavía incipiente y se basa en pequeños intentos por iniciar con su aplicación práctica. Sin embargo, ante la posibilidad de una aplicación expansiva en los siguientes años, debe resaltarse una deficiencia actual en los contratos inteligentes referente a la forma de resolver las controversias. No existe un foro adecuado para resolver las disputas.

Compatibilidad del Arbitraje con los Smart Contracts

Blockchain tiene la capacidad de cruzar fronteras jurisdiccionales ya que los nodos participantes se pueden encontrar en cualquier parte del mundo. Esto puede plantear una serie de problemas jurisdiccionales complejos:

  • ¿Cómo determinar qué leyes se aplican y qué foro se debe usar para resolver las disputas?
  • ¿Debería determinarse por referencia a la ubicación de las partes, o quizás a la ubicación de los servidores informáticos?
  • ¿Un juez ordinario tendrá la capacidad de interpretar un contrato inteligente escrito exclusivamente en código informático?

Todas estos interrogantes pueden eliminarse si el contrato inteligente provee una cláusula codificada en la cual las controversias relacionadas con el contrato inteligente pueden someterse a un proceso arbitral, y en un futuro cercano, un proceso arbitral en línea[5]. Debido a la flexibilidad del arbitraje, cimentado en la autonomía de la voluntad de las partes, las partes pueden hacer una selección del foro y de la ley aplicable.

Aunado a lo anterior, el arbitraje puede ser una alternativa preferible a cualquier tribunal para conflictos contractuales inteligentes. El arbitraje puede:

  1. garantizar que un experto en el tema puede conocer de la disputa;
  2. proteger la información confidencial; y,
  3. mantener flexibilidad en el proceso.

Finalmente, los laudos arbitrales podrían ejecutarse a través de la Convención de Nueva York de 1958, uno de los instrumentos internacionales más exitosos.

Conclusión

El uso de contratos inteligentes está evolucionando rápidamente y el arbitraje debe hacer lo mismo.

A pesar de que los contratos inteligentes brindan enormes beneficios en términos de reducción de costos de transacción, aumento de transparencia y seguridad, las disputas pueden surgir y surgirán. De hecho, la intersección de la ley contractual y el código informático crea nuevas áreas de conflicto. Por esa razón, debemos de acudir al arbitraje, al menos de manera provisional, como un mecanismo eficiente, adecuado y compatible con la tecnología.

Notas

[1] Franco, Pedro., Understanding Bitcoin: Cryptography, Engineering and Economics, 2015.

[2] Mougayar, William., The Business Blockchain: Promise, Practice, and Application of the Next Internet Technology, 2016.

[3] Tapscott, Don., y Tapscott, Alex., Blockchain Revolution: How the Technology Behind Bitcoin Is Changing Money, Business, and the World, 2016.

[4] V. Szabo, Nick., Smart Contracts: Building Blocks for Digital Markets. Texto Original: “A set of promises, specified in digital form, including protocols within which the parties perform on these promises”.

[5] Este debate continúa en el Grupo de Trabajo III de la CNUDMI. Para una visión general, ver, “Informe del Grupo de Trabajo III (Resolución de disputas en línea) sobre la labor realizada en su trigésimo período de sesiones (Viena, 20-24 de octubre de 2014)” disponible en: https://documents-dds ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/V14/073/90/PDF/V1407390.pdf?OpenElement (consultado el 26 de marzo de 2018).

One Comment

  • Vane dice:

    Sin duda alguna los contratos inteligentes están siendo la innovación del momento gracias a su seguridad, en webchain el sitio web que estoy utilizando en este momento para minar usan contratos inteligentes ERC20, además de que sus transacciones son sumamente rápidas.

Escribe un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.